lunes, 13 de junio de 2016

NIIF 16, Perspectiva del Arrendatario.


En  el presente artículo voy a realizar algunos acercamientos al contenido de NIIF 16, esta vez desde la perspectiva del arrendatario, en un próximo artículo escribiré desde la perspectiva del Arrendador.

INTRODUCCIÓN
NIIF 16  establece el nuevo tratamiento contable del arrendamiento en los estados financieros de arrendatarios y arrendadores. En ese sentido,  requiere que todos los contratos de arrendamiento se informen en el estado de situación financiera de una empresa como activos y pasivos; (Actualmente el arrendamiento operativo es reconocido como gasto, por los canones de arrendamiento periódico) por tanto, hay cambios significativos en la forma de contabilizarlos, en especial en la contabilidad del arrendatario. Mencionemos algunos:
ü  Los arrendamientos operativos deberán contabilizarse como una partida integrante de la situación financiera de los arrendatarios, por supuesto siempre hay excepciones como los arrendamientos a corto plazo y aquellos de menor valor.
ü  Se define como arrendamiento a corto plazo aquel que no incluye una opción de compra y que            posee una duración desde la fecha de inicio igual o inferior a 12 meses.  Esta excepción se              aplicará en forma especifica a cada partida  de activo arrendado.
ü  Se considera el arrendamiento como un concepto único eliminando la diferenciación entre arrendamiento financiero y operativo.
ü  La nueva norma aplica a todos los arrendamientos, incluidos los arrendamientos del derecho de uso de activos  sub arrendados,  con la excepción de aquellas transacciones señaladas específicamente en otras normas.
ü  Se permite a los arrendatarios aplicar la NIIF 16  a los arrendamientos de  otros activos intangibles diferentes a contratos incluidos en el alcance de aplicación de NIC 38.

DESARROLLO.

CONTABILIDAD DEL ARRENDATARIO

Activo por Arrendamiento

Reconocimiento.
El arrendatario debera reconocer en la fecha de inicio del arrendamiento un derecho de uso del activo y un pasivo por arrendamiento . Según la Norma la fecha de inicio de un arrendamiento es la fecha en la que el arrendador pone el activo a disposición del arrendatario.

Medición
El derecho de uso incluye:
ü  El importe del valor inicial reconocido como pasivo por arrendamiento.
ü  Pagos por arrendamientos realizado al arrendador con anterioridad a la fecha  del derecho de uso
ü  Cualquier costo directo inicial incurrido por el arrendatario.
ü  Una estimación de los costos en que incurrirá el arrendatario para el desmantelamiento  y retiro del activo una vez se finalice el plazo del arrendamiento y en consecuencia el uso del activo.

Establecido el derecho de uso, el arrendatario podra optar por la medición inicial al costo y/o revaluación.

NIIF 16  exige que la valoración del derecho de uso de de una invdrsion  inmobiliaria arrendada se realice al valor razonable si la entidad utiliza el modelo del valor razonable (aplicando NIC 40).

Pasivo por Arrendamiento
La nueva regulación establece que el arrendatario deberá valorar los pasivos por arrendamiento al valor actual de las cuotas de arrendamiento descontadas utilizando el interés implicito , si dicho interes puede determinarse facilmente. de lo contrario deberá utilizar el interés incremental de los préstamos,  tal como lo establece la sección 20.10 de NIIF para PYMES vigente.

Los pasivos por arrendamientos deberán incluir
ü  Cuotas fijas.
ü  Cuotas variables ( por ejemplo en función de las ventas, premios, etc.)
ü  pago de garantias por valores residuales.
ü  Pago de penalizaciones por cese del arrendamiento.

Revisión del pasivo por arrendamiento.
El arrendatario deberá revisar los pasivos por arrendamiento en los siguientes casos:
ü  Cambios en el importe esperado  en virtud de una garantía de valor residual.
ü  Cambio en las futuras cuotas de arrendamiento para reflejar la variación en el indice del tipo de interes utilizado.
ü  Cambios en la duración del arrendamiento.
ü  Cambios en la evaluación de la opción de compra.   

Desglose
La NIIF establece requerimientos que permitan conocer mas sobre la transacción de arrendamiento. En este sentido establece desglosar entre otros: gastos por intereses en pasivos por arrendamiento,  gastos relacionados con los arrendamientos de corto plazo, gastos relacionados con los activos de bajo valor, salidas de efectivo por los arrendamientos, ganancias o pérdidas derivadas de las transacciones. Además hay una obligatoriedad de presentar un analisis de vencimiento de los pasivos por arrendamiento de conformidad con lo dispuesto en NIIF 7 .

Presentación.
ü  La norma requiere entre otros, la siguiente presentación:
ü  Derechos de uso del activo.
ü  Pasivos por arrendamiento.
ü  Amortización del derecho de uso del activo.
ü  Gastos financieros asociados.
ü  Reconocimiento de partidas de flujo de efectivo relacionadas.

La NIIF 16 es de aplicación obligatoria desde el 1 de enero de 2019. La aplicación anticipada se permite a las empresas que también aplican la "NIIF 15 Ingresos de actividades ordinarias procedentes de contratos con clientes".

CONCLUSIÓN
La búsqueda de mayor y mejor información de los eventos económicos que se generan en una entidad, está llevando a los organismos rectores de la contabilidad a mejorar el flujo de información cualitativa y cuantitativamente, prueba de ello los cambios existentes en los informes de auditoría y las modificaciones al tratamiento de los arrendamientos. Es importante que sigamos en el proceso de aprendizaje continuo para que vislumbremos oportunidades presentes y futuras en función de nuestras competencias.




Lic. Salvador Estlander Chicas -CPA
Maestría en Docencia Universitaria


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